VISA U
Usted puede ser elegible para una visa de no inmigrante U si:
Usted es víctima de una actividad criminal calificada.
Usted ha sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de haber sido víctima de una actividad delictiva.
Usted tiene información sobre la actividad criminal. Si es menor de 16 años o no puede proporcionar información debido a una discapacidad, un padre, tutor o amigo cercano puede poseer la información sobre el delito en su nombre (consulte la definición de ‘próximo amigo’ en el glosario).
Usted fue útil, es útil o es probable que sea útil para la aplicación de la ley en la investigación o el enjuiciamiento del delito. Si es menor de 16 años o no puede proporcionar información debido a una discapacidad, un padre, tutor o amigo cercano puede ayudar a la policía en su nombre.
El crimen ocurrió en los Estados Unidos o violó las leyes de los EE. UU.
Usted es admisible en los Estados Unidos. Si no es admisible, puede solicitar una exención.
Secuestro
Contacto sexual abusivo
Chantaje
Violencia doméstica
Extorsión
Falso encarcelamiento
Mutilación genital femenina
Asalto criminal
Fraude en la contratación de mano de obra extranjera
Rehén
Incesto
Servidumbre involuntaria
Secuestro
Homicidio involuntario
Asesinato
Obstrucción de la justicia
Esclavitud
Perjurio
Prostitución
Violación
Asalto sexual
Explotación Sexual
Trata de esclavos
Acecho
Tortura
Tráfico
Manipulación de testigos
Restricción Criminal Ilegal
Otros delitos relacionados * †
* Incluye cualquier actividad similar donde los elementos del crimen son sustancialmente similares.
† También incluye intento, conspiración o solicitud para cometer cualquiera de los delitos anteriores y otros delitos relacionados.
Tarjeta verde para una víctima de un crimen (U no inmigrante)
El estatus U no inmigrante (también conocido como visa U) se reserva para las víctimas de crímenes que han sufrido abuso mental o físico sustancial como resultado del delito y que están dispuestos a ayudar a las autoridades policiales y gubernamentales en la investigación o enjuiciamiento de la actividad criminal.
Aquellos a quienes se les ha otorgado el estatus de no inmigrante U pueden solicitar una tarjeta verde (residencia permanente), Solicitud para registrar la residencia permanente o Ajustar el estado, después de cumplir con ciertos requisitos.
Criterio de elegibilidad
Para solicitar una tarjeta verde como U no inmigrante, debe cumplir con las siguientes condiciones:
Haber estado presente físicamente en los Estados Unidos durante un período continuo de al menos 3 años desde la primera fecha de admisión como no inmigrante U y continuar teniendo ese estado en el momento de la solicitud de ajuste de estado.
Usted no se ha negado irrazonablemente a brindar asistencia en la investigación o enjuiciamiento criminal.
Usted no es inadmisible bajo la sección 212 (a) (3) (E) de la Ley de Nacionalidad de Inmigración.
Ha establecido que tu presencia en los Estados Unidos está justificada por razones humanitarias, para garantizar la unidad familiar o porque es de interés público.
Proceso de solicitud
Para obtener una tarjeta verde, debe presentar el Formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o Ajustar el estado. También debe presentar al mismo tiempo un Informe de examen médico y registro de vacunación, Formulario I-693.
Información para miembros de la familia
Los familiares de un no inmigrante U pueden solicitar una tarjeta verde de dos maneras, tal como se explica a continuación.
Derivado U Familia no inmigrante:
Si usted es un miembro de la familia con un estatus no inmigrante U derivado y cumple con todos los criterios anteriores, puede solicitar una tarjeta verde.
Proceso de solicitud para miembros de la familia U no inmigrantes derivadas
Para solicitar una tarjeta verde, los miembros de la familia que califiquen con una visa U derivada deben presentar el Formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o Ajustar el estado. Las instrucciones detalladas y los requisitos para solicitar una tarjeta verde se incluyen en las instrucciones en el Formulario I-485, Suplemento E.
Miembros de la familia elegibles que nunca han tenido derecho derivado No inmigrante
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. Pueden extender los beneficios derivados a los cónyuges, hijos y padres (pero no hermanos) en función de su relación con el no inmigrante principal U-1 que solicita una residencia permanente si:
El miembro calificado de la familia nunca fue admitido en los Estados Unidos en estado no inmigrante U
O el miembro de la familia o el solicitante principal de U-1 sufriría dificultades extremas si no se permite que el miembro de la familia calificado permanezca o sea admitido en los Estados Unidos.
Proceso de solicitud para miembros familiares calificados que nunca han tenido un estatus derivado de no inmigrante
Si vives fuera de los Estados Unidos:
Los familiares elegibles pueden visitar una embajada o consulado de los EE. UU. Para obtener sus visas de inmigrante. Un familiar que se encuentre fuera de los Estados Unidos no necesita presentar el Formulario I-485.
Si vives dentro de los Estados Unidos:
El titular de la categoría U-1 debe presentar una petición de inmigrante en el Formulario I-929, Petición para miembro familiar elegible de un no inmigrante U-1, al mismo tiempo o después de que el titular de la categoría U-1 presente su Formulario I-485.
Si se aprueba el Formulario I-929 en su nombre, los familiares calificados en los Estados Unidos pueden presentar el Formulario I-485 para solicitar una tarjeta de residencia.
Nota: No puede presentar un Formulario I-485 en nombre del miembro de la familia al mismo tiempo que el I-929. Debemos aprobar el Formulario I-485 del director antes de la aprobación del Formulario I-929 para el miembro de la familia. Si se deniega el Formulario I-485 del director, se negará automáticamente el Formulario I-929 para el miembro de la familia.